La AFIP reglamenta el registro de contratos de alquiler de inmuebles
La AFIP reglamentó el régimen de registro de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551 y empezará a implementarse a partir de marzo. Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación.
La resolución regirá para todos aquellos contratos de locación celebrados a partir del 1° de marzo de 2021 y habrá sanciones para quienes incumplan las obligaciones que emanan de la norma, indicó el organismo recaudador.
También establece que los contratos firmados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, tendrán un plazo para su registración, con carácter excepcional, hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.
Los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) podrán hacer el registro en representación de sus clientes.